El seguro para embarcaciones de Responsabilidad Civil Obligatoria es un requisito indispensable por ley sin el que tu barco no puede navegar por aguas nacionales.
El Real Decreto 607/1999, de 16 de abril establece la obligatoriedad de este seguro de responsabilidad civil para embarcaciones de recreo propulsadas a motor, o para los veleros con una eslora superior a 6 metros que naveguen por Aguas Españolas. Este seguro de responsabilidad civil es para cubrir los daños causados involuntariamente a un tercero.
Además, con la nueva LEY DE NAVEGACIÓN MARÍTIMA 14/2014 se exige una cobertura de responsabilidad civil por contaminación accidental para embarcaciones de recreo, artículos 384 a 391.
Se pueden además asegurar
Por ejemplo:
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