Seguro a todo riesgo en la construcción

Los seguros a todo riesgo en la construcción son convenientes durante el proceso de ejecución de las obras. Esta es una etapa compleja debido a la cantidad de agentes implicados y el dinero en juego. Por eso, para minimizar los riesgos es conveniente contratar un seguro de este tipo.

 

Seguro a todo riesgo: construcción

La contratación de un seguro a todo riesgo dependerá de la figura que asumimos en el proceso de construcción: promotor, contratista principal, subcontratista, técnico…

Además de los seguros que consideramos obligatorios, en esta ocasión nos fijamos en los compromisos y obligaciones del contratista principal. Puede hacer un trabajo llave en mano para ejecutar lo indicado en el proyecto técnico.

 

Seguro de construcción: ejemplo práctico

Pongamos que vamos a llevar a cabo una obra de 1.000.000 €. El contratista principal va ejecutando la obra por la que recibe cantidades a cuenta. Cuando van ejecutados 800.000 € se produce cualquier hecho accidental (temporal, incendio en cuadro eléctrico, robo de materiales, inundación que afecta a la madera instalada…) produciéndose daños por valor de 100.000 € y no se sabe quién fue el causante.

Si se desconoce o no hay empresa responsable del daño sufrido en la obra, ningún Seguro de Responsabilidad Civil lo asumirá mientras no se demuestre que hay un causante responsable.

Por tanto, la opción adecuada para tener cobertura es a través de un Seguro de Todo Riesgo de Construcción o Montaje, que pueden contratar los constructores, contratistas y propietarios o promotores de obra. De esta forma se garantizan las pérdidas y daños materiales que puedan sufrir las obras durante su ejecución, cubriendo tanto los trabajos realizados como los que están ejecutándose.

 

¿Cuánto dura el seguro de construcción?

La cobertura se inicia con el comienzo de las obras hasta su finalización, pudiendo extenderse a un año de trabajos de mantenimiento.

 

Medidas de seguridad en obras de construcción

Si queremos proteger al contratista principal, lo ideal es que éste figure como asegurado beneficiario. Es el responsable de terminar las obras y de reponer los daños que pudiera haber sufrido dicha obra durante su ejecución, pues ya ha ido cobrando cantidades a cuenta según las certificaciones de obra.

 

Quién y cómo debe contratarlo

Debe contratarlo quien realice la aportación del capital para la ejecución de las obras. Por tanto lo ideal es que sea el promotor ya que irá haciendo entrega de cantidades a cuenta. Si queremos proteger al contratista principal que para esta figura es muy importante, lo ideal es que éste debe figurar como asegurado, ya que es el responsable de las obras realizadas, de acabarlas y de reponer los daños que pudiera haber sufrido dicha obra durante su ejecución, pues ya ha ido cobrando cantidades a cuenta según las certificaciones de obra. Si el caso anterior no se da, puede contratarlo el Contratista Principal.

Pero si quien contrata el seguro es el promotor, debemos mantener como beneficiario al promotor ya que desconocemos la solvencia del contratista, y de este modo nuevamente se hace la reconstrucción de lo dañado que se volverá a pagar mediante las correspondientes certificaciones de obra.

El tomador del seguro puede ser el promotor o el contratista pero, especialmente si el hecho accidental viene causado por el contratista, la póliza en la que el promotor fuese tomador y asegurado podría reclamar los daños al contratista. Sería adecuado que esto no ocurriera reflejando en el contrato la renuncia por el asegurador a reclamar a contratistas y subcontratistas daños que no tuviesen un claro responsable.

 

Bienes Asegurados y cuyo valor se debe incluir

  • Los trabajos de obra civil e instalaciones (coste de material y mano de obra), cuyo valor indicado en el presupuesto de la actuación, esté incluido en la suma asegurada correspondiente a este apartado. Quedan comprendidos los materiales y repuestos necesarios para la obra asegurada que hayan de quedar incorporados a la misma tras su finalización.
  • Los equipos de construcción: andamiajes, puentes auxiliares, armaduras de carpintería y entibación, herramientas, edificaciones provisionales, instalaciones de abastecimiento, conducción, drenaje, desagüe, combustibles y demás bienes propios y análogos.
  • La maquinaria de construcción: artificios que desarrollen por sí mismo fuerza o trabajo, o requiera el manejo de un operario (grúas, excavadoras, vibradoras, dumpers, apisonadoras, asfaltadoras y similares).
  • Bienes preexistentes: otras propiedades del tomador del seguro, o de los asegurados o que estén bajo su posesión para la realización de trabajos, que figuren detallados en Condiciones Especiales.

 

Riesgos cubiertos por el seguro de daños

El asegurador indemnizará los daños y/o pérdidas materiales directas, debidos a cualquier causa accidental e imprevisible no excluida expresamente y, entre ellas, a consecuencia de:

 

Riesgos convencionales

  • Incendio, explosión y caída del rayo.
  • Robo y expoliación, con exclusión del hurto, entendiendo por tal la sustracción de los bienes sin empleo de fuerza en las cosas o violencia o intimidación sobre las personas.
  • Caída de aviones, choque de vehículos e impactos.

 

Riesgos de la naturaleza

  • Cuya ocurrencia e intensidad no sea previsible en el lugar de la obra y la época del año:
  • Viento, pedrisco, nieve y lluvia.
  • Tempestad, huracán y ciclón.
  • Helada y deshielo.
  • Desbordamiento, inundación y embates del mar.
  • Hundimiento y corrimiento de tierras

 

Gastos adicionales

Asimismo, quedan garantizados, si se ha hecho constar expresamente con su capital asegurado en las Condiciones Particulares del Contrato, los gastos adicionales que, a consecuencia de un siniestro indemnizable, se originen por:

  • Horas extraordinarias o por trabajos nocturnos o en días de fiesta y por transportes urgentes, excepto los aéreos.
  • Flete Aéreo.
  • Desescombrado y/o demolición de la obra asegurada como consecuencia de un daño material indemnizable. Tales gastos comprenden:
    • La retirada de escombros procedentes de la obra dañada, la demolición de los restos de la misma, cuando sea necesaria para su reconstrucción, y el traslado de los escombros hasta el lugar más próximo en que sea permitido depositarlos y siempre que dicho traslado sea necesario.
      La retirada de barros, agua, lodo y otros materiales que se hayan introducido en la obra, procedentes del exterior.
    • Las medidas necesarias adoptadas por la autoridad, el tomador del seguro o asegurado para cortar o extinguir el incendio o impedir su propagación.
  • Honorarios profesionales en que necesariamente se haya incurrido para la reparación o reconstrucción de los bienes asegurados, pero excluyendo en todo caso honorarios de preparación de reclamaciones o estimación de pérdidas.

 

Por tanto, los pequeños detalles en la contratación de los seguros son importantes para que todo fluya adecuadamente y cada uno disponga de las coberturas adecuadas. En Canzobre Segade estamos para ayudarte a hacer las cosas fáciles.

18 febrero 2022 Comunicación Seguro de construcción